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AFIP habilitó la condonación de deudas y moratoria

El organismo dispuso nuevas medidas de alivio fiscal. Además de la condonación de deudas y de la moratoria, se pemitirá regularizar multas y habrá un beneficio para contribuyentes cumplidores.

La AFIP dispuso este jueves nuevas medidas de alivio fiscal. Por un lado, habilitó la condonación de deudas inferiores a $100.000 para pequeños contribuyentes y Pymes. Asimismo, permitió la posiblidad de regularizar multas y deudas, a través de una ampliación de la moratoria. Además, otorgará beneficios para «contribuyentes cumplidores».

La Resolución General N° 5101/2021, que se publicó este viernes en el Boletín Oficial, establece que la condonación rige para obligaciones vencidas al 31 de agosto. Podrá ser solicitada desde el 20 de diciembre de 2021 hasta el 2 de marzo de 2022 en la página de AFIP.

Según un comunicado de la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont, la medida alcanza a distintas entidades y organizaciones sin fines de lucro. Son clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. Así como a monotributistas que cumplan con las condiciones previstas en la normativa. También las empresas que cuentan con el Certificado MiPyme.

Por su parte, la moratoria también contempla a las deudas hasta el 31 de agosto. Los contribuyentes podrán, entre el 29 de noviembre de 2021 y el 15 de marzo de 2022, adherir a un plan de regularización en hasta 120 cuotas con una tasa inicial de 1,5%; dependiendo del tipo de contribuyente. La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes.

La norma también prevé la posibilidad de rehabilitar de manera extraordinaria y por única vez, planes de facilidades de pago formulados en el marco del régimen de regularización dispuesto por la Ley N° 27.541 y sus modificaciones, que caducó hace casi tres meses.

Además, AFIP habilitó mecanismos de regularización de multas a través de planes de pago «para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización», y dará beneficios fiscales a «contribuyentes cumplidores» que podrán tramitarse desde el 30 de diciembre de 2021 hasta el 15 de marzo de 2022.

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