19 C
Paraná

Alertan sobre la trampa de la “flor de la abundancia”

Frente a las noticias que circularon durante las últimas semanas acerca del resurgimiento de las llamadas “flor‘ o ‘telar de la abundancia”, la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos de la Nación (Procelac) reiteró precauciones para evitar ser víctima de este tipo de estafas piramidales.

Se trata de un mecanismo mediante el cual se invita al público a colocar su dinero con promesas de retribuirle intereses exorbitantes. En esa línea, y “a fin de prevenir a la ciudadanía sobre el fenómeno y dotarla de la información necesaria en caso de ser contactada para participar”, el organismo sugirió tener en cuenta lo siguiente:

Ganancias. Dado que el dinero ingresado no se destina a ninguna actividad que de por sí produzca utilidades, la posibilidad de obtener la ganancia prometida depende exclusivamente del ingreso de nuevos participantes,

A medida que se van creando nuevos grupos, se necesitan cada vez más personas para completarlos, lo que aumenta las posibilidades de que el mecanismo se quiebre y se produzcan pérdidas.

La captación pública de dinero para su colocación en inversiones es una actividad que en nuestro país requiere autorización de las autoridades competentes (como el BCRA y la CNV), quienes controlan el funcionamiento de las entidades a efectos de proteger contra fraudes y abusos,

Antes de hacer una inversión, es conveniente conocer su funcionamiento, sus condiciones y sus riesgos, así como también obtener información acerca de la seriedad y solidez de quien la administra.

Denunciar. En caso de ser víctima de una estafa, la Procelac recomienda efectuar la denuncia penal correspondiente ante las fiscalías en lo criminal y correccional de la Ciudad de Buenos Aires. Se puede encontrar sus direcciones y datos de contacto en www.mpf.gob.ar/mapa-fiscalías/. En el interior del país, ante las fiscalías locales o ante las dependencias policiales más cercanas.

Finalmente, la Procelac informó que se encuentra a disposición para prestar colaboración a las Fiscalías en las que recaigan las investigaciones en el caso de que por sus especiales características, se detecte alguna posible manifestación delictiva vinculada a delitos federales, como por ejemplo lavado de activos y/o intermediación financiera no autorizada (arts. 303 y 310 del Código Penal).

Más leídas
En esta misma categoría
Nuestras redes
Relacionadas
Te puede interesar