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Anunciaron nuevos corredores sanitarios de ingreso al país

El gobierno nacional designó nuevos corredores sanitarios de ingreso para el país. Son para el ingreso de ciudadanos desde el exterior.

A través de tres decretos, el gobierno nacional designó nuevos corredores sanitarios de ingreso al país. Según argumentaron, estas medidas se ajustan al contexto sanitario y epidemiológico vigente. En ese sentido, responde al paso de personas nacionales y residentes en Argentina, en países limítrofes y demás extranjeros.

En el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus fueron aprobadas terminales portuarias y aéreas de Ciudad y provincia de Buenos Aires y la provincia de Río Negro. Se hizo por medio de los decretos 84, 85 y 86 publicados este lunes.

Habilitados

Los corredores sanitarios de ingreso habilitados son los siguientes:
-Ciudad de Buenos Aires: Yacht Club Argentino (Dársena Norte).
-Provincia de Buenos Aires: terminal de cruceros (Mar del Plata) y puerto fluvial (Tigre).
-Río Negro: Aeropuerto Teniente Luis Candelaria (Bariloche).

Metodología

Para todos los casos se aprobaron planes de contingencia y protocolos propuestos por autoridades sanitarias locales. A su vez, recibieron la autorización de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

De hecho, las medidas adoptan los criterios fijados por la Decisión Administrativa Nº 951/21 respecto a las condiciones de ingreso al país de personas nacionales y residentes en Argentina, en países limítrofes y demás extranjeros.

Esto significa que los gobernadores y el Jefe de Gobierno solicitaron al jefe de Gabinete esta apertura de corredores seguros adicionales. El pedido es al jefe de Gabinete ya que se trata del titular de la Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional.

En todos los casos deben presentar un protocolo aprobado por la autoridad sanitara jurisdiccional. Deben prever en él los mecanismos de testeo y aislamiento que a su vez deberán cumplir con recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional.

Esta última deberá intervenir y expedirse, en forma previa, respecto a su pertinencia para el análisis de cada asunto.

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