18.6 C
Paraná

Comienza el «Alcoholemia cero» en la ciudad de Santa Fe

Este domingo 16 de febrero comienza a regir la ordenanza de «Alcoholemia cero» en la ciudad de Santa Fe. Las multas irán desde los $5.430 hasta más de $57.000.

La ordenanza N° 12.643 -sancionada por el Concejo Municipal en agosto del año pasado- establece un procedimiento diferente al actual en términos de control y sanción conforme al resultado de la medición de alcoholemia, promoviendo la tolerancia cero al volante.

Desde la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana del Municipio indicaron que los operativos se seguirán realizando en diferentes territorios de la ciudad y lo que cambia es el marco normativo: la aplicación del procedimientos de control y el régimen e infracciones y penalidades.

Ya la semana pasa el Municipio capacitó al personal que tendrá a su cargo la responsabilidad de controlar el cumplimiento de la normativa. Cerca de 200 agentes e inspectores, personal de la Guardia de Seguridad Institucional y médicos formarán parte de los operativos de tránsito.

¿Qué cambia con la nueva norma?

Hoy, la alcoholemia es positiva a partir de una graduación en sangre de 0,5 gr/l -medido en los controles con el equipamiento correspondiente-. A partir del 16 de febrero, la medición alcoholimétrica será positiva sin importar los valores que arroje y se considerará peligrosa y se actuará conforme lo establece la nueva normativa.

Sin embargo, las modificaciones contemplan un mínimo que puede surgir como falso positivo por lo que cuando la medición alcoholimétrica no supere las tres décimas de gramo por litro (0,3 gr/l) de sangre, no se aplicarán sanciones administrativas. En estos casos la infracción igualmente será registrada.

Las multas

La ordenanza modifica también el Régimen de Infracciones y Penalidades (ordenanza Nº 7882), fijando una nueva escala de multas para la alcoholemia positiva que eleva la máxima sanción de $51.480 (1.800 UF) a $57.180 (2.000 UF). La mínima seguirá costando $5.430 (190 UF).

El monto de las mismas se establecen a partir del valor de la Unidad Fija que corresponde al costo de un litro de combustible (nafta súper) aunque en Santa Fe no se actualizó durante este año y desde 2018 se mantiene en $28,59.

De esta manera la nueva escala de sanciones por esta infracción será la siguiente:

  • A) El conductor de cualquier tipo de vehículos, motovehículos, ciclomotores o cuatriciclos autorizados para ser librados al tránsito público que circulare con una alcoholemia de 0,3 gr/L a 0,7 gr/L en sangre, será sancionado con multa de 190 UF ($5.432,1) a 630 UF ($18.011,7) y/o inhabilitación de hasta 180 días.
  • B) El conductor de cualquier tipo de vehículos, motovehículos, ciclomotores o cuatriciclos autorizados para ser librados al tránsito público que circulare con una alcoholemia de entre 0,8 gr/L a 1,3 gr/L en sangre, será sancionado con una multa de 630 UF ($18.011,7) a 1.200 UF ($34.308) y/o inhabilitación de hasta 210 días.
  • C) El conductor de cualquier tipo de vehículos, motovehículos, ciclomotores o cuatriciclos autorizados para ser librados al tránsito público que circulare con una alcoholemia superior a 1,3 gr/L en sangre, será sancionado con una multa de 1.200 UF ($34.308) a 1.900 UF ($54.321) y/o inhabilitación de hasta 240 días. Deberá realizar durante una semana los cursos de capacitación en educación vial que el Departamento de licencia de conducir estime conveniente.
  • D) Los funcionarios públicos, los conductores de vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores, de máquina especial y de carga con alcoholemia positiva, será sancionado con multa de 1.700 ($48.603) a 2.000 UF ($57.180) y/o inhabilitación de hasta 365 días. Deberá realizar durante una semana los cursos de capacitación de educación vial que el Departamento de licencia de conducir estime conveniente.

Aire de Santa Fe

Más leídas
En esta misma categoría
Nuestras redes
Relacionadas
Te puede interesar