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Dictaron prisión perpetua a mujer que mató en legítima defensa

El pronunciamiento del Tribunal fue mucho más severo que el requerimiento del fiscal de juicio.

El Tribunal de Juicio en lo Criminal de la ciudad de Ushuaia condenó a la pena de prisión perpetua a una mujer acusada del crimen de su expareja. Fue a pesar de que ella alegaba haber actuado en “legítima defensa” porque atravesaba una situación de violencia de género.

El pronunciamiento del Tribunal fue mucho más severo que el requerimiento del fiscal de juicio, Eduardo Urquiza, quien había pedido que la acusada Gina Eliana Cárdenas (25) fuera condenada a 8 años de prisión. Se trata del mínimo previsto para el delito de homicidio, al considerar que, si bien no hubo legítima defensa, existieron circunstancias extraordinarias de atenuación debido a la violencia -no física- que su expareja, Alejandro Ramón Báez (26), ejercía sobre ella.

Sin embargo, los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla consideraron a Cárdenas “autora material y penalmente responsable del delito homicidio agravado por el vínculo”.

El hecho

La joven cursaba un embarazo en noviembre de 2021, cuando compartía una habitación con Báez en Ushuaia. En medio de una discusión se produjo el incidente en el que lo mató a cuchilladas. Según ella fue porque la había amenazado, no la dejaba irse de la vivienda y le retenía su dinero.

El veredicto leído esta tarde en la sala de audiencias de los tribunales de la capital de Tierra del Fuego originó la reacción de integrantes de organizaciones sociales y colectivos feministas que siguieron de cerca el juicio y condenaron su definición.

El pronunciamiento es “grave e injusto. Gina se defendió de su agresor. Fue legítima defensa y correspondía su absolución”, aseveró la abogada de la Asociación Pensamiento Penal, Indiana Guereño.

“El tribunal condenó a prisión perpetua a una mujer que se defendió de su agresor. Esto está previsto en el Código Penal desde su sanción y se llama legítima defensa”, afirmó la letrada.

También recordó que la mujer “estaba encerrada en la habitación en la que convivía con su pareja. Los vecinos confirmaron que ella se quería ir y que pedía por su billetera que él le había sacado. En un momento él sale a la cocina a buscar un cuchillo, él intenta ingresar por la puerta y hasta por la ventana, y cuando finalmente ella le abre tras la intervención de la dueña de la casa, él entra y se produce el hecho donde ella se defiende”.

Según la dirigente, se trataba de una “defensa legítima de manual” que el tribunal obvió, “incluso desoyendo el pedido del fiscal».

Fuentes judiciales confirmaron que el fallo por el homicidio de su expareja será recurrido por la vía de un recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia.

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