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Dirigente de un club y exfuncionario de Paraná fue condenado por hurtar energía

Se trata de Lucio Benítez, quien presidía el Club Atlético Avenida Ejército y ocupó el cargo de director de Alumbrado Público.

Lucio Benítez, quien en 2019 ejercía la presidencia del Club Atlético Avenida Ejército de Paraná y el cargo de Director de Alumbrado Público de la Municipalidad de Paraná fue condenado a un año de prisión condicional por el delito de Hurto de Energía.

En 2022, el juez de Garantías N°3, Ricardo Bonazzola (ahora jubilado) rechazó un acuerdo de juicio abreviado presentado por la defensa de Benítez a cargo de Candela Bessa con la anuencia del fiscal Martín Abraham, porque entendía que de las pruebas surgía que podía haber un delito más grave como el de Peculado.

Sin embargo, la Fiscalía y la defensa lograron demostrar que al 18 de diciembre de 2019, día que se produjo el “enganche” de la línea eléctrica de Enersa, Benítez ya no era más funcionario público porque el cargo de Director de Alumbrado Público dependiente de la Subsecretaria de Servicios Públicos de la Municipalidad de Paraná era ocupado por Carlos Alberto Díaz, quien asumió el 11 de diciembre.

Con todos estos nuevos datos, se presentó nuevamente la semana pasada un acuerdo ante el juez de Garantías N° 4 Julián Vergara, quien homologó el juicio abreviado.

Según lo acordado entre las partes, el imputado de 50 años debe cumplir una pena de un año de prisión condicional y 24 meses de reglas de conducta por haber ordenado el 18 de diciembre de 2019 a las 16.30 a tres empleados de Alumbrado Público que se constituyan en la sede del club ubicado en calle Juan María Gutiérrez, entre Ejército y Miller y conecten de manera clandestina la red eléctrica, realizando una conexión directa desde la línea de baja tensión hasta el interior del referido establecimiento, sin la conexión de medidor y autorización por parte de la Empresa de Energía de la Provincia.

Fiscalía consideró que con su accionar Benítez sustrajo fluido eléctrico para abastecer el club, pero también puso en riesgo la seguridad de las personas que concurren a la institución.

El Ministerio Público Fiscal y la defensa acordaron una pena mínima por en el delito de Hurto de energía eléctrica previsto en el artículo 162 del Código Penal, pactando una pena de un año de prisión de ejecución condicional, con reglas de conducta por dos años que se deben acordar con la Oficina de Medidas Alternativas (OMA).

En tanto, Fiscalía informó que se comunicó telefónicamente con el apoderado de la Empresa de Energía de Entre Ríos S.A., el denunciante, Javier F. Toye y quien prestó su conformidad con el acuerdo de procedimiento abreviado arribado con el imputado. (Fuente: UNO)


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