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Etiquetado frontal: el Tigre de Zucaritas ya no podrá estar en el envase

La ley aprobada el miércoles determina que deben ser removidas las imágenes de los envases. El tigre Tony no podrá estar más en las Zucaritas. Otros casos.

La ley de etiquetado frontal que sancionó el Congreso en la madrugada del miércoles tiene algunos puntos polémicos. Más allá del loable objetivo de concientizar a la población, algunos parámetros no están del todo claros. Especialmente teniendo en cuenta que los productos que tengan sellos (altos en grasas, altos en azúcares o altos en sodio) «no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes». Un ejemplo de esto es el tigre de Zucaritas, conocido como Tony.

La ley, cuyo principal objetivo es advertir a los compradores sobre la cantidad de azúcares, grasas y calorías de un alimento para prevenir enfermedades relacionadas con su alto consumo, indica en su artículo 9, inciso C, que se prohíbe taxativamente la inclusión en las etiquetas de “personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas”.

Usuarios en redes sociales advirtieron que a partir de esto, ya no se podrá incluir a algunos personajes en productos muy populares que hasta ahora se vendían como saludables. El ejemplo más concreto es el de Tony el tigre de Zucaritas. Pero hay otros como el conejo de Nesquik, el osito de Bimbo o al Capitán del Espacio.

El primero en denunciar esta cuestión fue el candidato a legislador porteño de Javier Milei, Ramiro Marra a través de Twitter. Inmediatamente el tema se volvió viral.

Qué dice la ley de etiquetado frontal

El proyecto de ley de etiquetado frontal sumó en diputados 200 votos a favor; 22 en contra y 16 abstenciones, en tanto que se registraron 18 diputados ausentes al momento de la votación.

El principal aspecto de la ley es la incorporación en el frente de los envases de los productos ultra procesados una etiqueta con forma de octógono negro con letras blancas que advierta el exceso de nutrientes críticos para la salud, como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías.

Además, determina que los productos que contengan entre sus ingredientes edulcorantes o cafeína tendrán que informar que su consumo no se recomienda en niñas y niños.

Por otra parte, el proyecto establece la prohibición de emitir publicidad comercial -dirigida a niños, niñas y adolescentes- de productos con sellos de advertencia.

Además, dispone que los productos que tengan más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes.

Por otra parte, determina que, ante iguales condiciones, el Estado deberá priorizar la compra de alimentos sin estos sellos de advertencia.

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