Francisco Benítez es el campeón de la tercera edición de La Voz Argentina. El artista cordobés se llevó una suma de $1.500.000, un televisor LED y la posibilidad de grabar su primer disco solista. La pregunta que muchos se hacen es la siguiente: cuánto dinero deberá pagar el ganador en impuestos a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por este premio.
Gabriela Russo, titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA), explicó a La Nación que Benítez no deberá pagar el comúnmente llamado Impuesto a los premios, ya que «la Ley del Impuesto a los Premios de Juegos de Sorteo y Concursos Deportivos comprende a los beneficios económicos que se obtienen en participaciones donde el azar juega un papel preponderante».
Sin embargo, el monto recibido por el ganador de La Voz Argentina podría ser alcanzado por el Impuesto a las Ganancias. Se trata del 35% (en este caso en particular equivale a $525.000) si cumple con determinadas condiciones. Según detalló Russo, «en el caso de los concursos en los que se destaca una aptitud del o la participante, hay que analizar si desarrolla habitualmente la actividad por la que obtiene el premio».
El caso de Francisco
«De tratarse de una persona que se dedica al canto el premio obtenido forma parte de los ingresos ganados en ejercicio de su actividad y quedan alcanzados por el Impuesto a las Ganancias o bien forman parte de un ingreso bruto devengado en el Monotributo», explicó la experta.
En el segundo caso, Russo indicó que «el Monotributo para ese monto como mínimo será Categoría F, que implica un impuesto integrado de $3238,03 y una cuota total mensual de 6271,46″ pesos.
Pero si la persona no se gana la vida con la actividad que la consagró ganadora del concurso, «no se produce el factor habitualidad que requiere el objeto del Impuesto a las Ganancias y tampoco formaría parte de los ingresos computables en el Régimen Simplificado», detalló Russo. Por lo que quedaría exenta de estos impuestos.
El caso de Benítez no aplicaría con ninguna de las condiciones para pagar los impuestos detallados anteriormente, ya que el cordobés trabaja en una cooperativa de energía eléctrica en la localidad de Colonia Tirolesa y se gana la vida con la música. A su vez, Russo indicó que «por tratarse de una participación a título gratuito, tampoco está alcanzada por IVA ni IIBB (ingresos brutos)».
«Cabe destacar que, de conservar o invertir las sumas obtenidas podrán formar parte del patrimonio al cierre del ejercicio y, de corresponder, estarán alcanzadas por Bienes Personales», precisó la experta. En este caso, el mínimo no imponible es de $2.000.000, la alícuota hasta $3.000.000 es de 0,5 por ciento.
Por lo tanto, si Benítez no tiene declarado a su nombre ningún otro bien, más allá del premio, tampoco sería alcanzado por el impuesto por Bienes Personales, por lo que no debería pagar ningún impuesto por el premio.
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