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Iosper y odontólogos: se inició una propuesta para tener cobertura

Desde la obra social, se invita a los profesionales “a firmar convenio individual directo ya que no existe ningún impedimento legal para ejercer libremente la profesión”.

El Instituto Obra Social de la provincia de Entre Ríos (Iosper) diseñó un esquema de aranceles en busca de que los odontólogos, de forma individual, firmen convenios con la obra social provincial y así recuperar una cobertura de la cual hoy carecen sus 300 mil afiliados.

“No existe ningún impedimento legal para ejercer libremente la profesión”, remarcó, al tiempo que hizo notar que se “se mejoró 190 por ciento los aranceles de mayor uso”. La consulta odontológica se pagaría $2.430,07.

El corte de prestaciones con Iosper de parte de los odontólogos lleva ya un año.

El Colegio de Odontólogos dictó una resolución interna, la N° 404, el 27 de noviembre de 2021, y estableció un protocolo arancelario para convenios y contratos asistenciales “mediante los cuales se brindan prestaciones odontológicas a beneficiarios del sistema de la seguridad social (mutuales, obras sociales, empresas de medicina prepaga, etc.)”. Además, impuso a todos los profesionales la obligación de firmar una declaración jurada en la que asumen la responsabilidad de respetar los aranceles que fije la entidad so pena de aplicar sanciones.

La obra social acudió a Fiscalía para que dictamine sobre la “obligatoriedad, alcance y legalidad de la normativa interna que aplica el Colegio de Odontólogos de la Provincia para establecer los aranceles mínimos para sus colegiados y para la obra social, lo que para ese Colegio se consideran de cumplimiento obligatorio”. Los aranceles que impone el Colegio resultan “excesivamente onerosos y por lo tanto inconvenientes” en comparación con las tarifas que cobran los Círculos Odontológicos, con los que el Iosper pretende rubricar convenios prestaciones.

En opinión de la Fiscalía de Estado, por aplicación de la Ley N° 7.468, de creación del Colegio de Odontólogos, “existe una facultad expresa consagrada” de negociar aranceles con el Poder Ejecutivo, “pero no para establecer o imponer, sin más, aranceles mínimos y obligatorios para sus colegiados y para las obras sociales, sino para propiciar ante el Poder Ejecutivo la fijación de esos aranceles mínimos”.

“Del análisis de esa norma -dice el dictamen que firma el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, surge entonces que dicha facultad se limita a la posibilidad de proponer al Poder Ejecutivo los aranceles mínimos que se pretendan, siendo este último quien, en definitiva, decidirá respecto de ello mediante la emisión del respectivo acto administrativo que así lo determine. Recién en esa instancia, y para el caso que el Poder Ejecutivo acepte como conveniente la fijación de tales aranceles, podrá ese Colegio imponerlos a sus matriculados y a las obras sociales. Lo cierto es que el propio Iosper desconocer la existencia de decreto o resolución emitida por el Poder Ejecutivo”, instrumento mediante “los cuales se haya avalado o aprobado la fijación de los aranceles mínimos que el Colegio pretende aplicar”.

En su dictamen, Fiscalía de Estado opinó que “el consejo directivo del Colegio de Odontólogos de Entre Ríos no se encuentra jurídicamente habilitado para imponer aranceles mínimos a sus matriculados y a las obras sociales, y consecuentemente, tampoco debería aplicar las sanciones previstas por la Ley N° 7.468 para el caso de incumplimiento de los mismos; en caso contrario, tal facultad se estaría ejerciendo de manera ilegítima y abusiva. Ello así dado que tal prerrogativa consagrada legalmente para establecer tales aranceles se encuentra condicionada a su aprobación por parte del Poder Ejecutivo Provincial”.

Leé también: https://entremediosweb.com/entre-rios-yacare-aparecio-en-una-piscina-y-fue-devuelto-al-rio

Pero el Colegio de Odontólogos de Entre Ríos relativizó esa opinión. Dijo que es «confusa» en su redacción y que «no es vinculante» para la entidad. Y amplió que las normas arancelarias “están vigentes” y que su cumplimiento “es obligatorio”.

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