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La perpetua a Nahir Galarza a un paso de quedar firme

El Procurador envió un dictamen a la Corte Suprema de la Nación recomendando que rechace el recurso de «queja» de la defensa.

El 24 de julio de 2018 Nahir Galarza fue condenada a «prisión perpetua» por el crimen de Fernando Pastorizzo ocurrido la madrugada del 29 de diciembre de 2017 en Gualeguaychú.

A casi seis años de ese fallo, la sentencia está a punto de quedar firme de manera definitiva: El Procurador Eduardo Casal envió un dictamen a la Corte Suprema de la Nación (CSJN) recomendando que rechace el recurso de » queja» de la defensa.

El día del veredicto, Nahir se convirtió en la mujer más joven condenada a la pena más severa contemplada en el Código Penal. Desde entonces el fallo fue confirmado por la Sala II Cámara de Casación de Concordia y luego por la Sala I del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos.

Con un panorama que coloca su potencial libertad condicional a la edad de 54 años, Nahir buscó por todos los medios dar vuelta el caso. Lo hizo tratando de imponer la idea de que el verdadero asesino había sido su padre e incluso aportando, post juicio oral, pericias piscológicas particulares que la presentaban como inimputable.

Sin embargo su reclamo más serio y viable, fue la «queja» presentada ante la CSJN. En un escrito de 38 páginas su defensa pidió un nuevo juicio alegando arbitrariedad por parte del tribunal de Gualeguaychú, de la Casación, de la Corte local.

Los abogados aseguraron que Nahir Galarza había sido víctima de violencia de género por parte de su novio Fernando Pastorizzo- con quien llevaba 4 años de relación- y que al desconocer las pruebas que indicaban esto se vulneraron pactos internacionales sobre violencia de género consagrados en la Constitución Nacional.

El recurso extraordinario resulta inadmisible

Luego de girar por las vocalías de la Corte Suprema de Justicia durante casi dos años, el recurso de queja de la defensa de Nahir fue enviado al área de Dictámenes Penales de la Procuración General de la Nación que lo analizó y ahora dio su opinión en contra de los argumentos de los abogados defensores.

Aunque no está obligada, la Corte le pidió su opinión a Casal, y este se la dio este martes convalidando la actuación de la Justicia de Entre Ríos en los tres estadíos por los que paso la causa.

«En definitiva, la apelante formuló diversos planteos ante los jueces de mérito, de casación y del superior tribunal provincial, que fueron rechazados por las tres instancias locales e intenta llevarlos a conocimiento de V.E. a pesar de que por su naturaleza son por regla ajenos a la jurisdicción federal. En la medida en que los argumentos del a quo no fueron objeto de una refutación específica y la parte no ha demostrado un notorio desvío de las leyes aplicables o una total ausencia de fundamento que habilite la intervención del Tribunal por la causal de arbitrariedad, en mi opinión el recurso extraordinario resulta inadmisible«, dice el dictamen.

Sucede que el Procurador Casal consideró que la prueba contra Nahir fue evaluada correctamente, que no hubo arbitrariedad y que la condición «recurso extraordinario federal» de la apelación no estaba acreditada. Por eso le recomendó a la corte rechazar la queja de plano dejando firme la condena a prisión perpetua por «homicidio calificado por ser de una persona con la cual mantenía o ha mantenido relación de pareja».

La Corte recibió el recurso de «queja» de los abogados de Nahir el 29 de octubre de 2020. Y lo giró a Procuración en noviembre de 2022. En el recurso extraordinario quien figura como «defensor técnico» es José Ostolaza -un histórico en el equipo legal de Galarza- pero también lleva la firma de Raquel Hermida Leyenda.

Esta abogada feminista -con varios éxitos resonantes en su haber- es la que sostiene la hipótesis de más alto impacto. Asumió como co-defensora el 21 de julio de 2020 y fue despedida el 7 de noviembre de 2022.

Sin embargo, ella dice que no recibió ninguna notificación de su desvinculación por lo que continuó aportando documentación a la queja una vez presentada. Aportó, por ejemplo, la pericia que dice que Nahir es esquizofrénica y la teoría de que el asesino de Fernando Pastorizzo ( 20) fue el padre de la joven.

En su dictamen Casal hace referencia a estas presentaciones por fuera de la queja propiamente dicha. Y subraya que no pueden ser tenidas en cuenta por la Corte al evaluar la apelación:

«En otro escrito que tituló “Presentación Homérica”, ( Hermida Leyenda) expuso que luego de entrevistarse con Galarza y a pedido suyo, formuló denuncia ante la fiscalía de turno. Dijo que su asistida le refirió haber sido abusada por su tío cuando era menor y le imputó a su padre, Marcelo Galarza, ser el autor del homicidio de Fernando Pastorizzo y de violencia de género contra su madre. Asimismo, denunció por encubrimiento al fiscal interviniente en la investigación del homicidio de Pastorizzo y a los dos primeros abogados que asistieron a la acusada», refiere el dictamen firmado este martes.

Y agrega,:» El planteo relativo a la imputabilidad de Galarza es posterior a la interposición del recurso extraordinario y se basa en informes de peritos de parte también practicados luego de ese acto procesal, que no fueron sometidos al contradictorio ni examinados por los jueces de la causa. Por ello, al ser el fruto de una reflexión tardía por no haber sido puestos en conocimiento de los jueces de la causa en el momento oportuno, no corresponde que sean considerados por el Tribunal».

Según el diario Clarín, lo curioso es que- salvo lo aportado por Hermida leyenda- en el escrito formal de 38 paginas de la queja presentado a la Corte, y sobre el que ahora opinó el Pcourador Casal, no se habla de una Nahir demente, ni de un padre asesino ni de un abuso de niña.

La defensa en la queja apunta todos sus cañones a la violencia de género por dos vías: diciendo que el tribunal fue arbitrario al admitir o evaluar prueba y, segundo, que el fallo vulnera tratados internacionales de orden constitucional sobre la violencia machista, de ahí el caracter «federal» del recurso extraordinario.

En ese escenario entraron a compararse «tres Nahir», cada una con su historia:

1- Nahir Galarza planeó todo fríamente, es una asesina psicópata: sabe lo que hace pero no siente culpa. El 29 de diciembre de 2017, en Gualeguaychú, mató a traición a su novio, Fernando Pastorizzo (20) porque la iba a dejar. Esta es la línea que tomo el tribunal que la condenó a perpetua, la Casación y la Corte provincial.

2- Nahir le pegó dos tiros a Fernando, acorralada por su maltrato físico y psicológico. La acosaba, le pegaba. Ella fue víctima de violencia de género. Esta es la postura que sostienen sus abogados en la queja presentada a la Corte Suprema de la Nación.

3- Nahir es inimputable, ve cosas que no estan ahí, está psicótica. De chica fue abusada sexualmente por su tío, maltratada por su madre y está encubriendo al verdadero asesino: su padre, el policía Marcelo Galarza. a quien pertenece el arma homicida Esta teoría es la última y fue elaborada cuando la queja ya estaba presentada. Para lo único que podría servir sería para lograr que se acepte una revisión en base a la existencia de nueva prueba.


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