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Prohiben a los bancos hacer descuentos sobre el Ingreso de emergencia

El Banco Central (BCRA) recordó este domingo a las entidades financieras que tienen prohibido realizar descuentos del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) de ningún concepto por operaciones propias o de terceros, debido al carácter netamente alimentario de esta asignación. Para todas aquellas entidades que hubieran incurrido en algún descuento sobre esta prestación social deberán revertirlo desde este lunes 11, «sin ningún tipo de dilación».

La medida se aplicó después de que muchos beneficiarios que cobraron el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) en cuentas bancarias que tenían deudas de préstamos, mantenimiento u otros conceptos vieran deducidos de su haber esas deudas o incluso no percibieran nada del monto depositado. Al respecto, el BCRA recordó la comunicación «C» 87164 dictada el pasado 2 de abril en la cual se estableció que no podría deducirse del IFE «cuotas de préstamos otorgados con o sin código de descuento, comisiones o cargos por servicios adicionales a la cuenta contratados por el beneficiario, débitos automáticos para el pago de impuestos, servicios y otros conceptos».

Reintegro. ”En orden a lo indicado, las entidades financieras deberán arbitrar los medios para que no se efectúe ningún tipo de descuento sobre los importes acreditados en concepto de IFE, y eventualmente para el reintegro inmediato de la totalidad de los importes descontados en contravención a lo indicado en el párrafo precedente», apuntó el Central en su comunicación.

Asimismo, la entidad recordó que tanto el IFE como la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Salario Complementario no se encuentran en ningún caso alcanzados por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y que todas las transferencias efectuadas por dichos conceptos por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) deben exceptuarse de la retención bancaria.

Misma condición aplicará para la operatoria de «Créditos a Tasa 0» para monotributistas y autónomos de modo que los ingresos vinculados con tales asistencias financieras sean también excluidos de la retención, en el marco de la Emergencia Sanitaria declarada como consecuencia de la pandemia del coronavirus.

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