16 C
Paraná

Se extendió la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2022

El Gobierno extendió la emergencia sanitaria. Además, destacó cuáles actividades son de mayor riesgo e indicó los porcentajes de vacunación.

El Gobierno detalló que se extendió la emergencia sanitaria. Además, destacó cuáles actividades son consideradas de mayor riesgo epidemiológico e indicó los porcentajes de vacunación que se tienen actualmente, como acciones para mitigar el impacto de la pandemia de coronavirus.

A través de un decreto publicado este viernes en el Boletín Oficial, el presidente Alberto Fernández extendió la situación de emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2022, detalló cuáles actividades son consideradas de mayor riesgo epidemiológico y destacó los porcentajes de vacunación que se tienen actualmente, como acciones para mitigar el impacto de la pandemia de coronavirus.

Se extendió la emergencia sanitaria: su objetivo

El objetivo del decreto, que mantiene el estado de situación que se lanzó el 12 de marzo de 2020, es «dotar al Estado de las herramientas necesarias, adecuadas, eficaces y transparentes para combatir» la pandemia, que vive en estas semanas un aumento considerable de casos positivos, aunque menos impacto en internaciones hospitalarias.

Eso es vital, en parte, gracias a la vacunación que, según se detalló en uno de los considerandos del DNU, se mantiene al 20 de diciembre en un «93% de los mayores de 18 años y el 91,4% de la población mayor de 12 años con al menos una dosis», mientras que «el 82,4% de los mayores de 18 años tiene el esquema de inmunización completo».

En su artículo 7, el decreto detalló las actividades consideradas de mayor riesgo epidemiológico, entre las que se destacan los viajes grupales de egresados y jubilados, las discotecas, las actividades en salones de fiesta y los eventos masivos de más de mil personas, ya sean en espacios abiertos o cerrados.

La autoridad de aplicación de las medidas continuará siendo el Ministerio de Salud encabezado por Carla Vizzotti, que podrá establecer o recomendar medidas, requisitos o condiciones respecto de su realización y «modificar el listado de actividades enunciadas según la evolución epidemiológica y las condiciones sanitarias».


También determinará los corredores seguros aéreos, marítimos, fluviales y terrestres, así como los puntos de entrada al país «que reúnen las mejores capacidades para responder a las necesidades sanitarias».

Más leídas
En esta misma categoría
Nuestras redes
Relacionadas
Te puede interesar